Los interesados en inscribirse en el Registro Único de Proveedores deberán acceder vía web a la página del RUP:

  1. Leer con detenimiento los requisitos para la inscripción.
  2. Completar e imprimir el Formulario de Inscripción vigente en este sitio, para ello hacer clic en el botón CARGA DE DATOS PARA PROVEEDORES.
  3. Presentar en mesa de entrada dicho Formulario acompañando la documentación pertinente, con el comprobante que acredite el pago de la tasa respectiva.
  • Recibida la solicitud con la documentación pertinente será analizada por el RUP, en donde se verificara la exactitud de los datos y de la documentación aportada.
  • En caso de observaciones se emitirá un volante que será remitido al interesado a fin de que resuelva las mismas.
  • La constancia de inscripción será otorgada por el Registro en original y 4(cuatro) copias.

REQUISITOS PARA INSCRIBIRSE

Los aspirantes a inscribirse en el Registro Único de Proveedores de la Provincia deberán tener:

  1. Capacidad para contratar.
  2. Tener un local, taller o fábrica establecida en el país con autorización, patente o habilitación para comerciar en el ramo o renglones en que opera, expedida por autoridad competente. En el supuesto de tratarse de agentes, representantes o apoderados de firmas habilitadas en el país deberá acreditarse documentalmente tal autorización o poder que los faculta.- Asimismo, deberán cumplir con dichos requisitos quienes se presenten como productores, importadores, representantes autorizados o de firmas establecidas en el extranjero. En todos los casos están obligados a constituir domicilio a los efectos legales en el ámbito de esta jurisdicción provincial, bajo pena de no proceder a su inscripción sino se verifica dicho requisito.
    • Se entiende por local comercial aquel que poseyendo las habilitaciones que correspondan a la actividad o ramo respectivo, esté abierto al público en el horario común de esa actividad o ramo, tengan o no vidrieras. Si perteneciere a firmas que venden bienes, mantengan un surtido y existencia a la vista o en depósito de aquellos que comercian acorde con su actividad, ramo y giro; y si se tratare de firmas prestatarias de servicios, que funcione en el local la administración.
    • Se entiende por taller, aquel local que cuenta con las habilitaciones pertinentes para el ejercicio de un oficio y posee maquinas, herramientas u otros elementos necesarios para el desenvolvimiento de la actividad económica.
    • Se entiende por fábrica aquel local el que cuenta con las habilitaciones pertinentes para el ejercicio de una industria y posee las instalaciones y maquinas necesarias para la producción de bienes propios de esa industria.
  3. El Formulario de Inscripción debidamente sellado o timbrado, con carácter de declaración jurada, consignando en el mismo los datos que se le requieren, y acompañar la documentación respaldatoria.